Ratifican Procesamiento de Anzorreguy en la Causa AMIA

En el marco de la investigación por el atentado a la AMIA ocurrido en el año 1994, la Sala I ad hoc de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal rechazó un recurso de apelación presentado por la defensa del ex titular de la SIDE contra una resolución que no hizo lugar a una serie de nulidades planteadas.

 

El presente incidente se originó a raíz del planteo de nulidad efectuado por la defensa de Anzorreguy contra la resolución por la que se lo convocó a indagatoria, el acta en la que consta la recepción de dicha deposición, y el auto de procesamiento dictado en consecuencia, al considerar que se encontraba conculcado su derecho de defensa en juicio, el debido proceso adjetivo, la garantía de la autoincriminación prevista en el artículo 18 de la Constitución Nacional, y demás instrumentos internacionales incorporados en la Carta Magna en su artículo 75 inc.22.

 

Al analizar el presente caso, los camaristas remarcaron que “toda solicitud de nulidad, para su procedencia, debe tener como antecedente el cumplimiento de manera irregular de un acto del proceso y su consecuente perjuicio para la parte que los invoca, por afectar el derecho de defensa o el debido proceso”, agregando que “en materia de nulidades, debe primar un criterio de interpretación restrictivo y sólo cabe pronunciarse por la anulación de las actuaciones cuando exista un derecho o interés legítimo lesionado, de modo que cause un perjuicio irreparable, más no cuando no exista finalidad práctica en su admisión”.

 

Los jueces explicaron que en caso contrario “la pretensión aparecería respondiendo a un formalismo vacío, que va en desmedro de la idea de justicia y de la pronta solución de las causas, en lo que también está interesado el orden público”.

 

Tras realizar tales consideraciones, los jueces determinaron que “no habiéndose detectado irregularidad alguno en los actos señalados por la defensa técnica del imputado Anzorreguy, ni el perjuicio alegado, corresponde homologar la decisión recurrida”, por lo que ratificaron el procesamiento por encubrimiento en el marco de la investigación por el atentado a la AMIA.

 

Por otro lado, los camaristas también resolvieron una serie de presentaciones realizadas por las defensa del ex juez Juan José Galeano y de los ex fiscales Eamon Gabriel Mullen y José Carlos Barbaccia, siendo adoptadas tales decisiones también en el marco de la investigación por el atentado perpetrado en la AMIA.

 

 

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