Ratifican Sobreseimiento de De La Rúa por los Incidentes del 20 de Diciembre de 2001

En el marco de la causa en la que el ex presidente de la Nación se encontraba acusado por los delitos de homicidio y lesiones culposas, la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal ratificó el sobreseimiento de De La Rúa por los hechos ocurridos el 20 de diciembre de 2001.

 

En dicha causa, también se había denunciado la ilegalidad del decreto que estableció el estado de sitio.

 

El voto mayoritario de los jueces que integran la Sala II, Martín Irurzun y Eduardo Farah, negó que la declaración del estado de sitio pueda haber colocado al por entonces presidente de la Nación en “posición de garante” de la vida e integridad física de los ciudadanos en un contexto de conmoción interior.

 

La mayoría del tribunal entendió que el ex presidente no había tomado decisiones vinculadas con cuestiones de seguridad interior, en particular alguna que indicara que se debía impedir la congregación de manifestantes en la  Plazo de Mayo, sino que el manejo de tales cuestiones fue dejado en los órganos que tenían competencia específica .

 

En tal sentido, la mayoría del Tribunal entendió que De La Rúa podía haber confiado desde su ámbito funcional que cualquier abuso o incorrecto desempeño de la Policía Federal Argentina, sería controlada e informada por quien en aquel entonces era el Ministro del Interior, Ramón Mestre, y el secretario de Seguridad Interior, Enrique Mathov.

 

El voto mayoritario sostuvo que “eran Enrique Mathov [subsecretario de Seguridad] y Ramón Mestre [ministro del Interior ya fallecido], y no De la Rúa, los funcionarios políticos a cargo del área de seguridad que, por su especial posición, tenían la obligación de intervenir ante los excesos de la fuerza policial jerárquicamente bajo su responsabilidad y poseían información instantánea, directa y pormenorizada de lo que ocurría, con capacidad de generar en lo inmediato un curso de acción diferente”, a la vez que aclaró que “si la decisión [de decretar el estado de sitio) fue políticamente correcta o no es un debate que excede a este proceso” al tiempo que dieron por descartado que De la Rúa haya participado en la reunión de Olivos.”.

 

En sentido contrario, el voto de la minoría del Dr. Horacio Cattani propuso revocar el sobreseimiento apelado y disponer el procesamiento por homicidio y lesiones culposas, tras considerar que el presidente de la Nación había quedado en posición de garante respecto de la vida e integridad física de los ciudadanos a raíz del modo en que se condujo durante la implementación del estado de sitio por conmoción interior que había decretado.

 

 

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