Resolución 995/2024 – Comisión Nacional de Valores

La Comisión Nacional de Valores (CNV) de Argentina ha emitido la Resolución General 995/2024, la cual introduce modificaciones significativas en las normativas vigentes para regular las operaciones financieras en moneda extranjera. Esta resolución busca adaptar el marco regulatorio a las últimas disposiciones del Banco Central de la República Argentina (BCRA) y las necesidades del contexto económico actual.

 

En primer lugar, se hace referencia a los DNU N° 596/2019 y N° 609/2019 emitidos por el Poder Ejecutivo Nacional, que establecen disposiciones para regular el régimen de cambios y fortalecer el funcionamiento económico. En este sentido, el BCRA solicitó a la CNV adoptar medidas para evitar prácticas elusivas en el mercado financiero, lo cual llevó a la implementación de diversas resoluciones generales por parte de la CNV en los últimos años.

 

Recientemente, el BCRA ha establecido nuevos lineamientos en política monetaria y cambiaria, así como un nuevo régimen de acceso al mercado de cambios para operaciones de comercio exterior, con el objetivo de brindar previsibilidad a los pagos asociados con deudas comerciales acumuladas hasta diciembre de 2023. Para ello, se han creado bonos específicos, los Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre (BOPREAL), que canalizan la demanda de divisas de importadores con deudas comerciales.

 

En este contexto, el BCRA solicitó a la CNV flexibilizar ciertas limitaciones para la venta de valores negociables con liquidación en moneda extranjera, especialmente en relación con los BOPREAL. La Resolución General 995/2024 introduce cambios en los plazos mínimos de tenencia y otras operaciones relacionadas con la venta de estos valores.

 

El artículo 1 de la resolución modifica el plazo mínimo de tenencia de un día hábil para operaciones de venta de valores negociables con liquidación en moneda extranjera, estableciendo excepciones para ciertos casos, como las ventas de valores emitidos por el BCRA en el marco de la Comunicación “A” 7918. Asimismo, se establecen limitaciones para las posiciones tomadoras en cauciones y/o pases, con el objetivo de evitar financiamientos que puedan eludir las regulaciones.

 

Por su parte, el artículo 2 introduce requisitos adicionales para dar curso a operaciones de clientes con Clave de Identificación (C.D.I.), Clave de Inversores del Exterior (C.I.E.) y Código Único de Identificación Tributaria (C.U.I.T.), particularmente en relación con operaciones en mercados autorizados por la CNV y transferencias de valores negociables al exterior.

 

Estas modificaciones buscan adaptar el marco regulatorio a las necesidades actuales del mercado financiero argentino, garantizando la transparencia e integridad de las operaciones, así como el cumplimiento de las disposiciones del BCRA.

 

Para visualizar dicho reglamento hacer clic.

 

Por Juan Patricio Duggan, José Nelson y Nicolás Ricciardi

 

 

Hope Duggan & Silva Abogados
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