Simplificación de la regulación para Fideicomisos Financieros con Autorización Automática de Emisiones Frecuentes

Por medio de la Resolución General N° 1074/2025 de la Comisión Nacional de Valores (la “Resolución” y la “CNV”, respectivamente), vigente desde el 11 de julio de 2025, la CNV introdujo modificaciones a su Resolución General N° 1063/2025 respecto al régimen de autorización automática para emisiones frecuentes de fideicomisos financieros, informada mediante el Alerta de Novedades Legales de fecha 25 de abril de 2025.

La Resolución simplifica los requisitos aplicables  para los fideicomisos financieros que cuenten con autorización automática de emisiones frecuentes. 

En particular, la misma dispone que la actualización Suplemento de Prospecto Anual para Emisiones Frecuentes será optativa. 

En caso de que se decida no presentar dicho suplemento actualizado, la información correspondiente deberá incorporarse en el Suplemento Abreviado de cada Serie, el cual adoptará la estructura utilizada en el Suplemento de Términos Particulares y continuará sin requerir aprobación ni revisión por parte de la CNV. A su vez, se deberá asegurar que toda la información relevante se mantenga debidamente actualizada en la Autopista de Información Financiera de la CNV.

Por otro lado, la Resolución contempla la posibilidad de diferir la determinación del monto máximo de cada emisión, a cada Serie en particular, a diferencia de la regulación anterior que exigía que el mismo fuera determinado en un misma Acta de Directorio del fiduciante a presentar junto con cada Suplemento de Prospecto Anual.

 

 

Pérez Alati, Grondona, Benites & Arntsen
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