Luego de haber sido detenido por la policía como consecuencia de la venta ilegal de películas en la calle, Juan Palacios Chingay reincidió, provocando que el caso por violación de propiedad intelectual llegara a juicio.
El Tribunal Oran en lo Criminal número 17 decidió sobreseer al mantero en agosto de 2013, mediante una decisión unánime de los tres magistrados que intervinieron en la causa.
En su justificación, los jueces consideraron que el acto que se le incriminaba –copia ilegal de películas y venta en un puesto callejero- es un hecho tolerado socialmente y realizado de forma habitual.
“No se discute que los hechos atribuidos al procesado encajan en la prohibición contenida en la ley de propiedad intelectual”, manifestó el juez Juan Facundo Giudice Bravo, aunque remarcó que “sólo se resta relevancia penal a conductas del tipo de las aquí tratadas, esto es, las del vendedor callejero, corrientemente personas de bajos recursos que lo hacen para ganarse la vida, es decir, como medio de subsistencia y no para obtener un rédito económico”.
El vendedor peruano estaba acusado de infringir el artículo 72, inciso A, de la ley 11.723 de propiedad intelectual, pero no existía una denuncia por estafa de por medio. Asimismo, el tribunal, en el fallo, entendió que el mantero no daña los intereses de las grandes empresas propietarias del copyright por la pequeña escala en que reproduce las películas.
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