Argentina deroga la Resolución Conjunta sobre Lineamientos Restrictivos para Patentes Farmacéuticas

En breve

El 18 de marzo de 2026 se publicó la Resolución Conjunta N.º 1/2026 dictada por los Ministerios de Salud y de Economía, junto con el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI), la cual deroga los lineamientos adoptados en 2012 que imponían restricciones específicas al examen de solicitudes de patentes farmacéuticas. Esta decisión alinea el sistema de patentes argentino con sus compromisos internacionales, incluido el Acuerdo sobre los ADPIC (TRIPS), como respuesta al Acuerdo de la República Argentina sobre Comercio e Inversión Recíproca (ARTI) celebrado con los Estados Unidos. En consecuencia, las solicitudes de patentes en el sector farmacéutico pasarán a ser examinadas caso por caso conforme a los estándares generales de la Ley de Patentes argentina (Ley N.º 24.481).

En profundidad

La Resolución Conjunta 1/2026 representa un cambio significativo en el régimen de patentes argentino, en particular para las invenciones químicas y farmacéuticas. Al derogar los lineamientos de examen adoptados entre 2012 y 2015 (Resoluciones Conjuntas N.º 118/2012, N.º 546/2012, N.º 107/2012 y N.º 283/2015), se elimina el conjunto de reglas que restringía la patentabilidad de productos farmacéuticos.

 

Este cambio regulatorio se encuentra estrechamente vinculado al compromiso de la Argentina por alinear su marco de propiedad intelectual con sus compromisos internacionales, incluido el Acuerdo de la República Argentina sobre Comercio e Inversión Recíproca (ARTI) celebrado con los Estados Unidos en febrero pasado. Dicho acuerdo destaca la importancia de una protección de la propiedad intelectual previsible, transparente y eficaz como factor clave para fomentar la inversión, la innovación y el desarrollo tecnológico. En este contexto, la derogación de los lineamientos constituye una clara señal de cambio de política orientada a reforzar la seguridad jurídica y a mejorar la posición de la Argentina como destino para industrias basadas en la investigación y la tecnología.

 

La Resolución Conjunta 1/2026 reconoce expresamente que los lineamientos de 2012 operaban como una limitación a la autoridad técnica del INPI, al introducir exigencias adicionales que no estaban expresamente previstas en la Ley de Patentes argentina. La nueva resolución restituye la plena discrecionalidad del INPI para evaluar las solicitudes de patentes exclusivamente sobre la base de los criterios legales establecidos en la Ley N.º 24.481 —esto es, novedad, actividad inventiva y aplicación industrial—, sin la aplicación de estándares restrictivos vinculados a un sector tecnológico específico.

 

El nuevo marco busca equilibrar los incentivos a la innovación con las realidades existentes del mercado. A tal efecto, la Resolución 1/2026 establece reglas transitorias para aquellos supuestos en los que productos farmacéuticos ya estuvieran siendo explotados comercialmente en la Argentina por terceros al momento de la entrada en vigencia del nuevo régimen. En estos casos, las patentes concedidas bajo el marco revisado podrán estar sujetas a limitaciones, que impidan a los titulares bloquear la comercialización en curso o reclamar compensaciones. Tales limitaciones se fundan expresamente en las excepciones previstas en la Ley de Patentes y en el Acuerdo sobre los ADPIC, y tienen por objeto resguardar actividades preexistentes legítimas.

 

Este desarrollo normativo genera oportunidades relevantes para titulares y solicitantes de patentes. Resulta aconsejable revisar las solicitudes en trámite y los portafolios de patentes existentes, en particular aquellos que se hayan visto afectados negativamente por los lineamientos anteriores, así como evaluar nuevas estrategias a la luz del marco legal revisado. Para las empresas que operan en los sectores farmacéutico y de ciencias de la vida, la derogación de los lineamientos restrictivos puede mejorar significativamente las perspectivas de protección de patentes en la Argentina y contribuir a un entorno más previsible y favorable a la innovación.

 

Por Bernard Malone y Ana Paula Gallardo

 

 

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