La Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (“ASFI”), a través de la Circular ASFI No. 749/2022 del 30 de diciembre de 2022, aprobó y publicó en la Gaceta Electrónica de Regulación Financiera (GERF), las Modificaciones al Reglamento del Registro del Mercado de Valores y Normativa Conexa (“Circular 749/2022”), respecto a los lineamientos para la emisión de Bonos Verdes, Bonos Sociales y Bonos Sostenibles, emitidos por la Asociación Internacional de Mercados Capitales (ICMA por sus siglas en inglés), que son recomendados para promover la integridad en el desarrollo del mercado de Bonos, la transparencia y la divulgación de información.
Con base en los Principios de los Bonos Verdes y Sociales, así como la Guía de Bonos Sostenibles del ICMA, la Circular 749/2022, establece e incorpora las definiciones y conceptos de “Bonos Sociales”, “Bonos Sostenibles”, “Bonos Verdes”, “Proyectos Sociales”, “Proyectos Sostenibles”, y “Proyectos Verdes”, entre otros:
Bonos Sociales: Son valores de renta fija que representan una obligación de deuda a largo plazo contraída por una entidad emisora, cuyos recursos serán exclusivamente destinados a financiar o refinanciar proyectos nuevos o existentes que sean eligibles como Proyectos Sociales;
Bonos Sostenibles: Son valores de renta fija que representan una obligación de deuda a largo plazo contraída por una entidad emisora, donde los recursos serán exclusivamente destinados para financiar o refinanciar una combinación de Proyectos Verdes y Proyectos Sociales;
Bonos Verdes: Son valores de renta fija que representan una obligación de deuda a largo plazo contraída por una entidad emisora, cuyos recursos serán exclusivamente destinados para financiar o refinanciar proyectos nuevos o existentes que sean elegibles como Proyectos Verdes;
Proyectos Sociales: proyectos cuyo objetivo es abordar o mitigar un problema social específico y/o tratar de lograr resultados sociales positivos especialmente, pero no exclusivamente, para una población destinataria;
Proyectos Sostenibles: Aquellos proyectos que buscan generar impacto positivo en el bienestar de un determinado colectivo social;
Proyectos Verdes: Aquellos proyectos que buscan beneficios ambientales específicos sujetos a evaluación y cuantificación;
En línea con la tendencia actual de los mercados de capitales internacionales y de diversas jurisdicciones, en donde se emiten instrumentos de deuda para propósitos específicos, el objeto de las modificaciones incluidas en la Circular 749/2022 es viabilizar el registro, autorización, y la negociación de Bonos Verdes, Bonos Sostenibles y Bonos Sociales en el Mercado de Valores de Bolivia. Como parte de este objetivo, la Circular 749/2022 modifica el Reglamento del Registro del Mercado de Valores, el Manual de Prospectos para Emisiones, el Reglamento para la Realización del Trabajo de Auditoría Externa y el Reglamento para la Realización del Trabajo de Revisión Externa, con el propósito de generar seguridad y confianza a los inversionistas locales y extranjeros, bajo la supervisión y fiscalización de ASFI.
Entre los principios para la emisión de Bonos Verdes, Bonos Sostenibles y Bonos Sociales se puede resaltar la obligación de señalar el destino de los fondos, obligando a que los mismos sean utilizados en proyectos que generan beneficios ambientales y/o sociales claros y específicos, debiendo estar descritos detalladamente y cuantificados por el emisor, conforme los siguiente:
- Las categorías de proyectos verdes, sociales y/o sostenible elegibles a los que se asignarán los fondos;
- La refinanciación de proyectos específicos a los que los recursos han sido asignados;
- Los beneficios e impactos ambientales y/o sociales de los proyectos.
La emisión de Bonos Verdes, Sociales y/o Sostenibles debe tener como destino exclusivo financiar los siguientes tipos de proyectos:
- Energías renovables;
- Eficiencia energética;
- Prevención y control de la contaminación;
- Gestion sostenible de los recursos naturales y uso de la tierra;
- Conservación de la Biodiversidad;
- Transporte limpio
- Gestion sostenible de agua y de las aguas residuales;
- Adaptación al cambio climático;
- Productos adaptados a la economía ecológica y circular;
- Tecnologías y procesos de producción.
Asimismo, se considerarán las siguientes actividades sociales:
- Infraestructura de servicios básicos;
- Acceso a servicios básicos;
- Vivienda accesible;
- Generación de empleo;
- Seguridad alimentaria;
- Avances socioeconómicos y empoderamiento.
La totalidad de los fondos provenientes de la emisión de Bonos Verdes, Bonos Sociales y/o Bonos Sostenibles deberá ser destinada exclusivamente a financiar o refinanciar proyectos verdes o proyectos sociales nuevos o existentes y el financiamiento podrá ser parcial o total respecto del requerimiento de recursos de cada proyecto.
Por Diego Villarroel, Jorge Palza y José Rivero
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