Contrataciones Públicas y Conductas Fraudulentas

Reforma al régimen de contrataciones con el Estado argentino

 

El Gobierno argentino introdujo una modificación relevante al régimen de contrataciones públicas, incorporando una nueva causal de inhabilidad para contratar con el Estado Nacional vinculada a conductas fraudulentas y prácticas corruptas. La reforma fue implementada por el Decreto Nº 5/2026, publicado el 6 de enero de 2026.

 

Nueva causal de inhabilidad

 

Se establece que:

 

Las personas humanas o jurídicas incluidas en las listas de inhabilitados del Banco Mundial y/o del Banco Interamericano de Desarrollo por prácticas corruptas, fraudulentas, colusorias, coercitivas, obstructivas, apropiación indebida, y/o por cualquier otra causal prevista para la integración de esas listas serán inelegibles para contratar con el Estado argentino mientras subsista dicha condición.

 

La reforma alinea el régimen local con estándares internacionales de integridad y compliance, reforzando los controles en los procesos de licitación y contratación pública y excluyendo a quienes registren antecedentes graves en materia de conductas fraudulentas en el ámbito internacional.

 

Entrada en vigencia

 

Esta disposición comenzará a ser aplicable a los nuevos procedimientos de contratación que se autoricen o convoquen a partir del 22 de enero de 2026.

 

Para acceder al Decreto Nº 5/2026, haga clic aquí.

 

Por Francisco Gutiérrez, María Inés Corrá, y Agustina Tawil

 

 

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