Mediante la Resolución 216/2024, publicada en el Boletín Oficial, el día 19 de agosto de 2024 (la “Resolución”), la Secretaría de Energía de la Nación (“SE”) resolvió eliminar los precios máximos de referencia fijados para la producción y comercialización de GLP y los establecidos para la venta de las garrafas del Programa Hogar y reemplazarlos por un sistema de precios de referencia (los “Precios de Referencia”).
Con el objetivo de liberar de regulaciones de precios al sistema, a partir de la entrada en vigencia de la Resolución, los nuevos Precios de Referencia ya no funcionarán como un tope que impida a los distintos actores de la industria ajustar los precios en función de las variaciones de los costos derivados del fraccionamiento, distribución y comercio minorista de GLP.
La Resolución, en ese sentido, sustituyó el Anexo II de la Resolución SE 70/2015 fijando el Precio de Referencia de las garrafas de diez (10) kilogramos en $8.500, las de doce (12) kilogramos en $10.200 y las de 15 kilogramos en $12.750, todo lo cual significa un incremento del 31,8% con respecto de los últimos precios máximos de referencia que se encontraban vigentes hasta su dictado.
De igual modo, la Resolución también modificó el Anexo I de la misma Resolución SE 70/2015 fijando un Precio de Referencia para los productores de butano y propano de $240.000 por tonelada, lo que supone un incremento del 74,12% con respecto al último precio máximo de referencia establecido por la Resolución 11/2024 del 9 de febrero de 2024.
Por último, la Resolución derogó el artículo 3 de la Resolución SE 70/2015, que aprobaba los apartamientos máximos permitidos del precio máximo de referencia en cada jurisdicción y la tipificación de infracciones frente a incumplimientos del apartamiento máximo permitido de la Resolución SE 49/15, respectivamente.
La Resolución está claramente alineada con la política del actual Gobierno vinculada con la eliminación de restricciones en la libertad contractual, avanzando en la desregulación del mercado de precios conforme el principio de libertad de mercado, tendiente a estimular las inversiones y mejorar progresivamente la competencia.
Para acceder a la Resolución SE 216/24 en comentario, haga clic aquí.
Por Pablo Alliani, Cristian Galansky, Matías Debarbieri y Morena Echegaray
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