La decisión fue efectuada por la Suprema Corte de Justicia de la provincia a través de una acordada y se funda en la Constitución local, que señala en el artículo 146 que "los procedimientos ante todos los tribunales de la Provincia serán públicos, salvo los casos en que la publicidad afecte la moral, la seguridad o el orden moral".
Las sentencias y sus fundamentos, que deberán respetar los derechos personalísimos, estarán accesibles en el término de 60 días. La medida busca brindar mayor transparencia a los procesos judiciales.
En tal sentido, y de acuerdo a la acordada 26207, la Sala Segunda de la Corte; las Cámaras en lo Criminal; la Cámara de Apelaciones; los Juzgados de Garantías; Correccionales; Flagrancia; Faltas y Ejecución Penal deberán publicar sus resoluciones –autos y sentencias- junto con los fundamentos en la página institucional del Poder Judicial.
La decisión de la Suprema Corte advierte que la información involucrada es sensible y por ello dicta que cada tribunal deberá adoptar los resguardos legales necesarios para cuidar los derechos personalísimos de quienes puedan resultar afectados por la difusión de los datos.
Cabe recordar que en una acordada similar, la Corte Suprema de Justicia de la Nación invitaba a los tribunales superiores de las provincias a adherir al procedimiento.
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