La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil explicó que no cualquier mejora de fortuna es suficiente para dejar sin efecto el beneficio de litigar sin gastos sino aquella que le permite al condenado en costas salir de la situación económica personal que en su momento el juez consideró para concederlo.
En la causa “Merli, Claudio Aníbal c/ Francioni, Raúl Guillermo y otros s/ Beneficio de litigar sin gastos”, la parte actora apeló la resolución de grado que hizo lugar al planteo de cese de la franquicia concedida en un 60 por ciento.
En su apelación, la recurrente se agravió por considerar que en la especie no se aportaron pruebas referidas a hechos o circunstancias nuevas, sino que se invocaron situaciones del actor al momento de entablar la litis como mejora de fortuna. Sostiene que la situación económica actual del actor y de su grupo familiar es similar a la que fue valorada al momento de conceder -parcialmente- la franquicia.
Los magistrados que componen la Sala B precisaron que “la circunstancia de que la decisión que acuerda el beneficio no cause estado no significa que la misma carezca de eficacia de cosa juzgada, sino que la ley admite que la cuestión pueda volver a proponerse cuando se hubieren modificado las circunstancias existentes al tiempo de dictarse la primera resolución (conf.: Palacio- Alvarado Velloso, "Código Procesal Explicado y Anotado", T 3ro., ps. 234/235)”.
En tal sentido, los camaristas explicaron que “no cualquier mejora de fortuna es suficiente para dejar sin efecto el beneficio sino aquella que le permite al condenado en costas salir de la situación económica personal que en su momento el juez consideró para concederlo”.
En cuanto al caso bajo análisis, los Dres. Mauricio Luis Mizrahi, Claudio Ramos Feijoó y Roberto Parrilli explicaron que los letrados de la demandada promovieron el presente incidente de mejor de fortuna, sustentando su pretensión en la titularidad por parte de la actora de dos inmuebles, la adquisición de un rodado, así como también el surgimiento de una nueva fuente de ingresos proveniente del vinculo laboral que une al actor con el Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y el incremento de los salarios percibidos por el grupo familiar.
Respecto de la titularidad de los inmuebles, los camaristas ponderaron que los mismos corresponden a dos lotes unificados que constituyen una misma propiedad, circunstancia fue valorada al momento de otorgar parcialmente la franquicia solicitada.
Por otro lado, los jueces explicaron que la adquisición del nuevo rodado no importe per se una mejora patrimonial, precisado que la adquisicion del nuevo rodado fue solventada, en parte, con la venta de otro automóvil cuya titularidad fue denunciada al inicio de las actuaciones.
Por último en relación a los ingresos del grupo familiar, el tribunal señaló que “al momento de solicitar la franquicia el peticionante recibía alrededor de $2.000 mensuales por su trabajo como empleado administrativo en la Secretaría de Educación del Gobierno de la Ciudad”, mientras que “conforme surge del informe proporcionado por AFIP a fs. 321/326, Claudio Anibal Merli se encuentra declarado como empleado en relación de dependencia por el Ministerio de Salud y por el Gobierno de la Ciudad, percibiendo al mes de marzo de 2015 una remuneración bruta de $9.685,32 y de $26.146,49 respectivamente”.
En la resolución dictada el 2 de marzo del corriente año, la nombrada Sala juzgó que “la situación descripta en el párrafo precedente importa una verdadera mejora patrimonial con respecto a la situación en que se encontraba el actor al solicitar el beneficio”, aclarando que “no obsta a este entendimiento el hecho de que el proceso inflacionario de los últimos años haya depreciado el valor de la moneda”.
Al concluir que “es indudable que el poder adquisitivo del actor y de su grupo familiar se ha incrementado de manera tal que le permite hacer frente a los gastos causídicos”, los jueces decidieron confirmar la decisión apelada.
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