Fallos
Lunes 08 de Febrero de 2010
La AFIP Reformula Régimen que Obliga a Detallar la Composición Societaria de las Compañía
Por medio de la Resolución General 2763 publicada en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reformuló el régimen de información que obliga a detallar la composición societaria de las compañías, estableciendo las pautas que se deben seguir para cumplir en tiempo y forma con el requerimiento del organismo de recaudación.
De acuerdo a la nueva normativa, las empresas deberán informar al 31 de diciembre de cada año los datos identificando a los titulares de acciones.
A su vez, con relación a los socios, accionistas, gerentes y apoderados, la reglamentación establece que durante la última semana de julio se deberá informar entre otro datos, apellido y nombre; cantidad de acciones, cuotas y porcentaje de las demás participaciones sociales; valor de las acciones, cuotas y participaciones y cuotas parte; fecha a partir de la cual han desarrollado en forma ininterrumpida el cargo.
Tales datos deberán ser transmitidos por las sociedades a través del sitio web de la AFIP mediante la transferencia electrónica de datos, contemplando dicho régimen diferentes sanciones en caso de incumplimiento, las que se podrían agravar de acuerdo a los ingresos brutos anuales que tenga la sociedad, siendo tales sanciones previstas acumulables.
De esta manera, el organismo a cargo de Ricardo Echegaray busca profundizar el pedido de los datos que recae sobre los directores y apoderados de las empresas, buscando con ello contar con mayores elementos que le permitan identificar los casos de evasión y advertir inconsistencias a los fines de realizar inspecciones.
Los datos aportados por las empresas en sus declaraciones, serán cruzados con los aportados por los accionistas y socios en el Impuesto a las Ganancias, pudiendo detectar con ello la posible interposición de terceras personas como titulares de capital societario como administradores de la sociedad.
De acuerdo a la nueva normativa, las empresas deberán informar al 31 de diciembre de cada año los datos identificando a los titulares de acciones.
A su vez, con relación a los socios, accionistas, gerentes y apoderados, la reglamentación establece que durante la última semana de julio se deberá informar entre otro datos, apellido y nombre; cantidad de acciones, cuotas y porcentaje de las demás participaciones sociales; valor de las acciones, cuotas y participaciones y cuotas parte; fecha a partir de la cual han desarrollado en forma ininterrumpida el cargo.
Tales datos deberán ser transmitidos por las sociedades a través del sitio web de la AFIP mediante la transferencia electrónica de datos, contemplando dicho régimen diferentes sanciones en caso de incumplimiento, las que se podrían agravar de acuerdo a los ingresos brutos anuales que tenga la sociedad, siendo tales sanciones previstas acumulables.
De esta manera, el organismo a cargo de Ricardo Echegaray busca profundizar el pedido de los datos que recae sobre los directores y apoderados de las empresas, buscando con ello contar con mayores elementos que le permitan identificar los casos de evasión y advertir inconsistencias a los fines de realizar inspecciones.
Los datos aportados por las empresas en sus declaraciones, serán cruzados con los aportados por los accionistas y socios en el Impuesto a las Ganancias, pudiendo detectar con ello la posible interposición de terceras personas como titulares de capital societario como administradores de la sociedad.
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