La sala VI de la Cámara Laboral condenó a una compañía a indemnizar con aproximadamente 120.000 pesos a una mujer que había sido despedida sin causa mientras estaba de licencia para someterse a un tratamiento de fertilización asistida.
Con las firmas de los jueces Juan Carlos Fernández Madrid y Luis Raffaghelli, se resolvió sancionar a la empresa debido a que "está en juego una cuestión de género, porque si bien es cierto que los trabajadores de ambos sexos pueden realizarse tratamientos médicos que requieren de licencia, lo cierto es que las intervenciones producto de los tratamientos de reproducción asistida, sólo afectan directamente a las mujeres”.
Cabe señalar que la empleada había desempeñado funciones para la compañía durante 11 años sin sanción alguna. Por tal motivo, se entendió que el despido fue sin causa justificada y, además, resultó discriminatorio.
Todo comenzó, según DyN, el 7 de agosto de 2008 cuando la empleada comenzó una licencia médica hasta el día 12, inclusive, con el fin de llevar a cabo un tratamiento de fertilidad con estimulación ovárica.
Por su parte, en la oportunidad en que tuvo lugar el despido de la actora, ella se encontraba de licencia producto de la realización de una punción folicular transecográfica bajo anestesia para fertilización asistida, explica el fallo.
Además, la empresa, al enviar la notificación de despido, se limitó a rescindir el vínculo laboral sin invocar causa alguna. Según la resolución, la rescisión del contrato se debió a cuestiones de reestructuración, las cuales no fueron probadas.
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