Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva N° 27.541. Decreto 116/2020. Destinos de inversión para los fondos Repatriados.

Mediante el Decreto número 116/2020[1], modificatorio de su par número 99/2019[2],se brinda a los contribuyentes que quieranevitar la alícuota incremental aplicable a los bienes situados en el exterior y que opten por la repatriación, la posibilidad de otorgarle a los fondos que ingresen al país a esosefectos, nuevos destinos de inversión; siempre que tal hecho se produzca hasta el 31 de marzo y se los deposite en entidades financieras regidas por la ley 21.526.

 

Debemos recordar que el segundo párrafo del artículo 11 del Decreto número 99/2019, sólo admitíaun único destino final que podía dársele a los fondos ingresados al país;opción noatractiva desde el punto de vista financiero o productivo para el beneficiario titular de sus bienes. En consecuencia, dicha opción que brindaba el mencionado decreto, generaba incertidumbre a la hora de decidir aquel si repatriar o no. Es decir, no bastaba para el convencimiento del beneficiario, el poder acceder a un porcentual mas bajo en la alícuota a aplicar -previo análisis impositivo en cada caso particular-; sino tambiénera primordial, ampliar las opciones de inversión posibles para los fondos repatriados.

 

Concluido aquello, el nuevo decreto establece distintas opciones de afectación de los fondos previamente depositados:

 

a) Constitución de plazo fijo en las entidades comprendidas en el régimen de la Ley Nº 21.526.

 

b) Venta en el MULC a través de la entidad financiera que recibió la transferencia desde el exterior.

 

c) Adquisición de certificados de participación y/o títulos de deuda de fideicomisos de inversión productiva que constituya el Banco de Inversión y Comercio Exterior (regulados por la CNV).

 

d) Suscripción o adquisición de cuotapartes de fondos comunes de inversión existentes o a crearse, en el marco de la Ley Nº 24.083.

 

Cabe aclarar que las inversiones mencionadas en los puntos a), c) y d) deben mantenerse bajo la titularidad del contribuyente hasta el 31 de diciembre del año en que se produjo la repatriación. Del mismo modo, si las afectaciones a esos destinos hubiesen sido parciales, el remanente no aplicado debe mantenerse depositado en la cuenta originaria hasta idéntica fecha.

 

Finalmente, establece el nuevo decreto, que las transferencias en moneda extranjera desde el exterior, deberán efectuarse conforme las normas del BCRA. A su vez, la AFIP será la encargada de dictar las normas operativas que resulten necesarias en virtud de las disposiciones previstas en el artículo 30 de la Ley Nº 27.541.

 

Por Juan Ignacio Petra Cremaschi & Carolina Calello

 

 

Citas

[1]Decreto de Reglamentación 116/2020, publicado en el Boletín Oficial del 30/1/2020.

[2]Decreto de Reglamentación 99/2019, publicado en el Boletín Oficial del 28/12/2019

Artículos

Nueva normativa sobre lavado de activos - Creación del Registro de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales
TCA Tanoira Cassagne
empleos
opinión
ver todos
Cambiar cambios que cambien … así las cosas …. no cambian
Por Santiago A. Gonzalez
Gonzalez & Schindler

El impago de la provisión de fondos del arbitraje: tres salidas del impasse
Por Esther Romay Jove (*)
Dunning Rievman & Macdonald LLP

Un nuevo pronunciamiento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre discriminación
Por Lucas J. Battiston
PASBBA Abogados

Responsabilidad de socios y administradores por créditos laborales – Alternativa disponible al abuso de jurisdicción
Por Juan Martin Crespo
Brons & Salas

detrás del traje
Gustavo Ariel Atta
De AVOA ABOGADOS
Nos apoyan
.
Bruchou & Funes de Rioja junto con TCA Tanoira Cassagne asesoran en la emisión de Obligaciones Negociables Clase XIV y XV de YPF Energía Eléctrica S.A.
.
Marval O’ Farrell Mairal y TCA Tanoira Cassagne asesoraron en la emisión de obligaciones negociables de Edenor por un monto de US$ 100.000.000
.
TCA asesoró en la compra de Evolución SGR
Paraguay
FERRERE asesora a familia Arréllaga en la formalización de su protocolo familiar
El despido directo en los términos del art. 247 LCT
La competencia de los juzgados contenciosos administrativos federales y los criterios material y normativo
La unificación de la responsabilidad contractual y extracontractual y la prescripción
La CNAT aplicó la jurisprudencia de la CSJN que limitó la forma de calcular los intereses en indemnizaciones laborales
Nueva normativa sobre lavado de activos - Creación del Registro de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales
Teletrabajo en Zonas Francas: se flexibilizan condiciones para su implementación
Multas y daños punitivos: ¿qué pasó a un año de la modificación a la Ley de Defensa del Consumidor?
Reputación empresarial en peligro ante casos de violencia laboral. Cómo prevenirlo. Necesaria interacción entre las áreas de Compliance y recursos humanos