Simplificación del Régimen Informativo Periódico

Mediante la resolución general N° 1.115 (en adelante, la “Resolución”), la Comisión Nacional de Valores (en adelante, la “CNV”) simplifica el Régimen Informativo Periódico para emisoras.

 

En consecuencia, a través de la Resolución, se reducen a tres (3) ejercicios la serie comparativa máxima exigida para la Reseña Informativa y se elimina el artículo que obligaba a las entidades financieras a presentar un detalle mensual de avales y fianzas, ya que esta información se cubre mediante su reporte general como “Hecho Relevante”.

 

Por otro lado, se simplifica el régimen contable aplicable a las emisoras comprendidas en los regímenes de autorización automática. En particular, las emisoras que emitan acciones u obligaciones negociables exclusivamente bajo el Régimen de Autorización Automática por su Mediano Impacto, independientemente de que revistan el carácter de PyME, deberán presentar únicamente sus estados contables anuales. Por su parte, aquellas que emitan exclusivamente bajo el Régimen de Autorización Automática por su Bajo Impacto quedarán exceptuadas de presentar estados contables anuales e información intermedia.

 

Por Martín Chindamo, Valentina Circolone y Alejo Garcia Ribes

 

 

Cerolini & Ferrari Abogados
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