El día 7 de noviembre de 2020 fue publicada en el Diario Oficial la Ley N°21.283 (en adelante, la “Ley”), la cual reajusta el monto del ingreso mínimo mensual, la asignación familiar y maternal y el subsidio familiar. La entrada en vigencia de esta ley es retroactiva, entendiéndose válida desde el 1 de septiembre de 2020.
1. Reajustes de la Ley
La Ley aumenta el ingreso mínimo mensual a los siguientes montos:
- Para trabajadores mayores de 18 años de edad y hasta 65 años: Se incrementa a $326.500.
- Para trabajadores menores de 18 años de edad y mayores de 65 años: Pasa a ser de $243.561.
- Para efectos no remuneracionales: Aumenta a $210.458.
Adicionalmente, la Ley reajusta la asignación familiar y maternal del Sistema Único de Prestaciones Familiares e incrementa el subsidio contemplado en el artículo 1° de la ley N°18.020 que establece un subsidio familiar para personas de escasos recursos.
2. Vigencia retroactiva de la ley
En atención a la entrada en vigencia retroactiva de la Ley (al 1 de septiembre de 2020), las empresas deberán pagar en noviembre la diferencia que pueda generarse en las remuneraciones de los trabajadores correspondientes a los meses de septiembre y octubre, reliquidándose en este proceso sus cotizaciones de seguridad social.
Adicionalmente, se debe considerar que el incremento del ingreso mínimo mensual afectará el monto a que tienen derecho los trabajadores por concepto de gratificación legal al 31 de diciembre de 2020.
3. Próximo reajuste al ingreso mínimo mensual
La Ley establece la obligación del Presidente de la República de enviar al Congreso Nacional, a más tardar en abril de 2021, un proyecto de ley que proponga un nuevo reajuste a estos conceptos, con el objeto de que comience a regir a contar del 1 de mayo de 2021.
Por Oscar Aitken, Francisca Corti, Valentina Kuscevic y María Jesús Rodríguez
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