La normativa que faculta a la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) a emitir una denuncia penal para los evasores de Ingresos Brutos y ABL fue aprobada por la Legislatura porteña.
Martín Ocampo, el impulsor del proyecto, sostuvo que “hubo un fuerte consenso en todos los espacios políticos. Es una norma que persigue a los evasores, quienes finalmente terminan perjudicando a todos los vecinos. Porque con los impuestos que percibe la Ciudad se destina dinero, entre muchas otras cosas, a la extensión de la red del subte y a los servicios sociales”.
De esta manera, la causa penal se podrá tramitar en los tribunales porteños. Aquellas personas que ostenten deudas tributarias superiores a los 400.000 pesos podrán ser sancionados con entre dos y seis años de prisión.
Un punto central es que antes de la sanción de la ley la competencia referida a este tipo de delitos era ejercida por la Justicia nacional y federal. Ahora, cobrarán preponderancia los tribunales en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad.
La normativa también se centra en aquellos que presenten declaraciones fraudulentas. “Será reprimido con prisión de dos a seis años quien mediante declaraciones engañosas, por acción u omisión, evadiere total o parcialmente el pago de tributos”, especifica el texto, aunque aclara que “siempre que el monto evadido excediera la suma de $400.000 por cada tributo y por cada ejercicio anual”.
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