El 13 de enero de 2023 la Superintendencia de Seguros de la Nación (la “SSN”) dictó la Resolución N° 24/2023 (la “Resolución”), por medio de la cual dispuso que en el supuesto de contratación de seguros en el marco de una financiación otorgada por préstamos y planes de capitalización y ahorro, el acreedor (i) podrá establecer la cobertura mínima y (ii) deberá ofrecer un listado de al menos cinco (5) compañías aseguradoras.
Asimismo, los seguros accesorios a créditos prendarios y/o planes de capitalización y ahorro van a poder comercializarse de manera directa por las aseguradoras o a través de Productores Asesores de Seguros, Sociedades de Productores Asesores de Seguros y por Agentes Institorios.
La Resolución no tendrá alcance para los seguros colectivos de saldos deudores previstos por la Resolución de la SSN N° 35.678 (de fecha 22 de marzo de 2011) y sus modificatorias.
Por Mariano F. Grondona y Lucila Guerrero
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