El Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (en adelante INPI) dispuso mediante su Resolución 162/2026 (RESOL-2026-162-APN-INPI#MEC), publicada en el B.O.R.A. n° 35.919 de fecha 29/05/2026, aprobó un nuevo reglamento para los trámites de toma de razón de transferencias de dominio y cambios de rubro en derechos de marcas, de patentes de invención y modelos de utilidad, y de modelos y diseños industriales que, al ser parte del patrimonio de las personas humanas o jurídicas, son susceptibles de ser transferidos total o parcialmente a terceros.
De esta manera se derogó la Resolución INPI N° 39 de fecha 14 de Marzo de 2011 y su modificatoria Resolución INPI Nº 61, del 17 de junio de 2020.
Asimismo, se aprueba el “Reglamento para la Toma de Razón de Transferencias de Dominio y Cambios de Rubro”, que como Anexo (IF-2026-52903832-APN-DTT#INPI) forma parte integrante de la Resolución.
Por el artículo 3° de la novedosa normativa se ratifícael uso del Formulario Solicitud de Toma de Razón de Transferencias de Dominio y Cambios de Rubro, ya aprobado por el INPI, el que se encuentra disponible en Portal de Trámites Web del organismo.
Por otra parte, se faculta a la DIRECCIÓN de TRANSFERENCIA DE TECNOLOGÍA del organismo a dictar las Disposiciones que promuevan cuestiones operativas y/o aclaratorias, sólo para el caso que fuere menester para la ejecución del Reglamento que por la presente se aprueba. Dentro de la potestad que se delega, podrá la DIRECCIÓN de TRANSFERENCIA DE TECNOLOGIA, modificar por Disposición lo establecido en el punto H) OBSERVACIONES – VISTA – PLAZO – RECHAZO del Reglamento, y materializar el modo de notificación establecido en la Resolución INPI N° 250/18, para cuando las condiciones operativas de ésa Dirección, así lo permitan.
La medida entró en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.
Entre sus fundamentos se dice “Que este Reglamento, se dicta en la convicción que el acto a dictarse está emparentado y en línea con la política pública que emana y se instruye desde el Poder Ejecutivo Nacional, en cuanto a simplificar, y despejar de la tramitación requisitos innecesarios”.
Opinión
Thomson Reuters




















































































































