Nuevos Plazos para Presentar las Declaraciones Juradas Anuales

A través de la resolución 2/2012, la Inspección General de Justicia (IGJ) estableció que aquellas asociaciones civiles y fundaciones que, luego de su constitución o con posterioridad a la misma, reciban donaciones o aportes por valores superiores a los $ 100.000 deberán realizar una declaración jurada sobre el origen de dichos fondos.

 

De esta manera y al momento de solicitar autorización para funcionar y con cada presentación de estados contables, las asociaciones deberán llevar a cabo el trámite ante la IGJ.

 

Si la suma de la donación realizada por terceros supera los $200.000 se deberá presentar la documentación de respaldo y/o la información que sustente el origen declarado de los fondos.

 

Por otro lado, la resolución 2/2012 también abarca los aportes que sean realizados en especies, ya sea en un solo acto o en varios, por un período de 30 días. Cabe señalar que esta nueva normativa comenzó a regir a partir de la semana pasada.

 

Asimismo, la IGJ también confirmó que empezó normar la obligatoriedad de la presentación de una declaración jurada sobre la condición de Persona Expuesta Políticamente.

 

De esta manera, los administradores y miembros del órgano de fiscalización de sociedades comerciales, representantes legales de sociedades extranjeras como así también integrantes de la comisión directiva de asociaciones civiles y del consejo de administración de fundaciones deberán realizar el trámite, el cual se encuentra comprendido por la Resolución 11/2011 de la Unidad de Información Financiera (UIF).

 

Por último, el organismo que preside Marcelo Mamberti afirmó que las sociedades de capital y ahorro están obligadas a realizar la presentación anual de una declaración jurada de información “sobre el estado de cumplimiento de la normativa asociada a la prevención de la comisión de delitos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo”.

 

 

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