Nuevos umbrales y multas bajo la Ley de Defensa de la Competencia y la Ley de Lealtad Comercial 

Mediante la Resolución N° 13/2020, la Secretaría de Comercio Interior actualizó el valor de la Unidad Móvil a AR$ 40,61 para el año 2020 (en 2019 su valor era de AR$ 26,40). 

 

Dicha Unidad Móvil se utiliza para el cálculo de umbrales y multas en la Ley de Defensa de la Competencia N° 27.442 (“LDC”) y en el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 274/2019 referido al régimen de Lealtad Comercial. 

 

En cuanto al régimen de defensa de la competencia, en virtud de esta actualización:

 

  • En el año 2020 deberán ser sometidos a control de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia los actos de concentración económica cuando (i) la suma del volumen de negocio total del conjunto de empresas afectadas supere en el país la suma de AR$ 4.061.000.000 (aproximadamente US$ 64.500.000); y (ii) el monto de la operación y de los activos situados en Argentina sea igual o mayor a AR$ 812.200.000 (aproximadamente US$ 12.900.000) o se hayan realizado durante los últimos 12 meses operaciones que excedan en conjunto los AR$ 812.200.000 (aproximadamente US$ 12.900.000), o los AR$ 2.436.600.000 durante los últimos 36 meses (aproximadamente US$ 38.700.000) siempre que se trate del mismo mercado. 
  • El tope máximo de la sanción por infracción a la LDC se eleva a AR$ 8.122.000.000 (aproximadamente US$ 129 millones). 
  • La multa diaria por notificación tardía e incumplimiento de órdenes de conducta se eleva a AR$ 30.457.500 (aproximadamente US$ 484.000) en aquellos casos en que no sea posible determinar el monto de la multa según los criterios establecidos la LDC.
  • Se eleva a AR$ 20.305 (aproximadamente US$ 322) la multa diaria para quienes obstruyan o dificulten cualquier investigación o no cumplan los requerimientos de la autoridad. 
  • Se eleva a AR$ 812.200 (aproximadamente US$ 12.890) el monto máximo del arancel que podría establecer la autoridad con relación a la notificación de concentraciones económicas.

Respecto al régimen de Lealtad Comercial, el incremento de la Unidad Móvil implica que el rango de multas por infracción al régimen de Lealtad Comercial queda entre AR$ 40.61 (aproximadamente US$ 0,65) y AR$ 406.100.000 (aproximadamente US$ 6.447.000). 

 

 

Pérez Alati, Grondona, Benites & Arntsen
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