Obligan a las Empresas Prestadoras de Servicios a Tener Líneas Gratuitas
Las empresas que prestan servicios públicos o privados en la Ciudad de Buenos Aires podrán ser sancionadas en caso de que no posean una línea gratuita para la atención de los usuarios, a partir de la entrada en vigencia este martes de una ley de la Legislatura porteña. Tal normativa, prevee multas para las empresas que no cumplan tal obligación. Asimismo, contempla la clausura del establecimiento como la suspensión del servicio en cuestión por el plazo de 30  días. La ley obliga a  todas las empresas a  tener operadores que ante las consultas de los usuarios,  las deberán evaluar de forma personalizada. A su vez, contempla que las empresas deberán dar publicidad a dicha línea gratuita. Las empresas que no cumplan con la obligación contemplada en dicha norma, podrán ser suspendidas con hasta cinco años en el registro de proveedores para poder contratar con el Estado. Es importante señalar que tal incumplimiento también supone la pérdida de privilegios, tales como la pérdida de concesiones, regímenes impositivos o crediticios especiales.

 

Opinión

Conflictos colectivos en la era digital: nuevas formas de protesta “2.0”
Por Julián G. Cosso
CYT Abogados
opinión
ver todos
Las enseñanzas legales del caso El Eternauta
Por Laura de Achával
Achával IP & Asoc.

¿Y si $LIBRA no fuese delito?
Por Santiago Kent
Estudio Kent

Los accionistas de sociedades anónimas y el concurso
Por Alan Hirschlaff
Olivera Abogados

Justicia Penal y Delitos Ambientales en clave Kafkiana
Por Horacio Franco (*)
Franco Abogados - Consultores Ambientales

detrás del traje
Analia V. Durán
De MBB BALADO BEVILACQUA ABOGADOS
Nos apoyan