1- Introducción
La Resolución General N° 1047 (la “RG 1047”) de la Comisión Nacional de Valores (CNV), que tiene como antecedente el proyecto sometido a consulta pública a través de la Resolución General N° 1028, busca simplificar los procedimientos regulatorios y promover un mayor acceso al financiamiento, a través de un procedimiento de oferta pública automática de obligaciones negociables y remates de valores negociables en determinados casos previstos en la normativa.
A continuación, se presenta un resumen de los aspectos más destacados de esta nueva normativa.
2- Procedimientos de autorización automática por bajo y mediano impacto
a- Características generales
La RG prevé dos supuestos para la oferta de ONs y VCPs emitidos como obligaciones negociables:
1-Oferta pública con autorización automática por su bajo impacto.
2-Oferta pública con autorización automática por su mediano impacto.
El siguiente cuadro resume las principales características y diferencias entre ambos:
*Para el cálculo del monto máximo permitido se deberán tener en cuenta todas las emisiones del mismo emisor en los últimos doce meses. El límite de monto es revolving, es decir, que permite que el emisor reemita en cuanto amortice deuda, siempre que el total de los valores negociables en circulación no supere el límite permitido.
b- Régimen sancionatorio
El régimen de sanciones, en ambos casos, dependerá del tipo de falta. De este modo:
-El incumplimiento a los requisitos esenciales de estos procedimientos importará un caso de oferta pública irregular, salvo que se acredite un caso de oferta privada bajo un puerto seguro. Ver nuestro informe sobre la RG N° 1016;
-El incumplimiento de requisitos no esenciales no importará un caso de oferta pública irregular, pero caben las sanciones que pueda aplicar la CNV;
-El incumplimiento al requisito de ofrecimiento por oferta pública expondrá al emisor a la pérdida de los beneficios impositivos aplicables.
3- Remates de valores negociables, procedimiento de autorización automática
La RG 1047 establece un procedimiento de autorización automática para los remates de valores negociables (siempre que no sean acciones o títulos representativos de capital) que provengan de la ejecución de garantías reales o fideicomisos de garantía, mediante la intervención necesaria de un ALyC o AN.
Estos procesos no requerirán ingreso al régimen de oferta pública al emisor de los valores, ni se pagarán aranceles ante la CNV por el mismo. Luego, en casos donde los valores negociables no tengan oferta pública, los agentes que intervengan deben poner a disposición de los oferentes información relevante sobre los títulos.
Si no se cumplieran con los requisitos esenciales previstos por el Proyecto, se considerará a la oferta como irregular, al tiempo que, si se incumplieran con requisitos accesorios, el oferente estará sujeto a las facultades disciplinarias de la CNV.
4- Conclusión
La RG 1047 introduce cambios significativos respecto del proyecto original presentado mediante la RG 1028, principalmente basados en las opiniones recibidas durante la consulta pública. Entre los ajustes más relevantes, se destaca la eliminación de los activos virtuales como valores negociables admisibles en los regímenes de bajo y mediano impacto, la autorización para emitir ONs SVS+ y la posibilidad de reducir el período de difusión pública a un solo día. Además, se estableció la posibilidad de que las emisoras con certificado MIPYME vigente puedan prescindir de la sindicatura en el régimen de bajo impacto, se aclaró la acumulabilidad de los montos bajo los regímenes PYME CNV Garantizada y de bajo impacto, y se exigió mayor transparencia en los remates de valores sin oferta pública.
Con estas modificaciones, la normativa busca equilibrar la simplicidad operativa con los objetivos regulatorios, fomentando un mercado más accesible y transparente para las emisoras.
Por Luciana Denegri, Felipe L. M. Videla y Maria Victoria Pavani
Opinión
PASBBA Abogados
opinión
ver todosPérez Alati, Grondona, Benites & Arntsen
Diaz Bobillo, Vittone, Carassale, Richards & Goyenechea Abogados
PASBBA Abogados
Estudio Durrieu