Noticias
Jueves 22 de Septiembre de 2022
Pago de servicios al exterior
Se podrán pagar servicios prestados por no residentes a través del mercado de cambios, aun cuando el residente no cuente con cupo de importaciones de servicios disponible, en los siguientes casos:
- Acceso simultáneo con la liquidación de un nuevo endeudamiento financiero con el exterior con una vida promedio no inferior a los 180 días, y al menos el 50% del capital tenga vencimiento con posterioridad a la fecha de prestación efectiva del servicio, más 90 días (antes tal vencimiento debía ser al menos 180 días desde la fecha de efectiva prestación del servicio).
- Acceso con fondos originados en una financiación de importaciones de servicios de una entidad financiera local a partir de una línea de crédito comercial del exterior, con una vida promedio no inferior a los 180 días y al menos el 50% de su capital venza después de la fecha de prestación efectiva del servicio, más un plazo de 90 días (antes el vencimiento debía ser al menos 180 días desde la fecha de efectiva prestación del servicio).
Por Hernán D. Camarero y Eduardo Bellocq
Opinión
Aportes irrevocables a cuenta de futuras suscripciones de acciones y nuevas normas de la IGJ: ¿resurgimiento como opción de financiamiento?
Por
Dolores M. Gallo
Barreiro
Barreiro
opinión
ver todos
Por Lucas J. Battiston
PASBBA
PASBBA
Por Juan Pablo. De Gesus
NORDELTA S.A.
NORDELTA S.A.
Por Melany Di Polvere
Alfaro Abogados
Alfaro Abogados
Por Agostina Salamone
Berton Moreno IP Law
Berton Moreno IP Law
detrás del traje
De PALACIO & ASOCIADOS
Nos apoyan
ASESORAMIENTO Y TRANSACCIONES
FALLOS
ARTÍCULOS RELACIONADOS