La justicia desestimó la homologación que las partes habían solicitado respecto a una indemnización por antigüedad de 414.247,88 pesos por considerar al importe como excesivo.
"La imputación del monto total transado a la indemnización por antigüedad excede notablemente el importe por el cual prosperarían esos reclamos en el marco descripto precedentemente" y que en caso de ser homologado "afectaría los derechos del organismo público tributario", remarcaron los camaristas Oscar Zas y Luis Rafaghelli.
Cabe recordar que la ley del Impuesto a las Ganancias establece a las indemnizaciones como uno de los pocos rubros salariales que se encuentran exentos de pagar el tributo.
En el caso de Cintia Eliana Abogado y la firma Teletech, la Sala V de la Cámara laboral interpretó que la homologación “afectaría los derechos del organismo público tributario, tercero ajeno al convenio amparado por normas de orden público".
El voto en disidencia del magistrado Enrique Arias Gibert entendió que el monto calculado era producto de un acuerdo entre las partes para poner fin al conflicto por desvinculación y no es potestad de la justicia impedirlo.
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