En el marco de la causa en la que se investiga la venta “a un precio vil” por parte del Estado nacional a la Sociedad Rural Argentina del predio ferial de Palermo, el juez federal Sergio Torres dictó el procesamiento sin prisión preventiva sobre el ex ministro de Economía Domingo Cavallo por el delito de peculado.
En la resolución, el magistrado explicó que “en esta figura de peculado se comprometen varios bienes jurídico - (la propiedad, la seguridad de la preservación de los bienes públicos, el normal funcionamiento patrimonial de la Administración), resultando predominante aquel que busca la preservación de la seguridad de los bienes públicos como garantía del normal cumplimiento de la función patrimonial del Estado”.
En tal sentido, el juez Torres recordó que el delito de peculado, previsto por el art. 261 del CP, es "un delito de los denominados especiales, toda vez que requiere que el sujeto activo tenga una calidad especial: debe revestir el carácter de funcionario público. A esa exigencia se le adiciona la relación funcional que debe existir entre el autor y los bienes objeto de sustracción, es decir, el título en virtud del cual el funcionario se vincula con ellos”.
Al pronunciarse en el presente caso, el juez sostuvo que “con el grado de certeza que la etapa procesal requiere, se puede sostener que se han reunido elementos para sostener que estamos ante un concierto de voluntades que tuvo por fin sustraer del patrimonio del Estado Nacional el inmueble en el cual se ubica el Predio Ferial de Palermo, y en ello han intervenido funcionarios de la administración central y dirigentes de la Sociedad Rural Argentina, contando con la necesaria colaboración de los peritos tasadores que informaron en correspondencia a los u$s 30.000.000.- que ya había sido fijado por aquellos que actuaban en acuerdo y el cual resulta muy inferior a los $ 131.800.000.- que se informa como valor base para el Predio”.
A su vez, el magistrado estableció un embargo sobre los bienes y/o dinero de Cavallo hasta cubrir la suma de diez millones de pesos, así como los procesamientos sin prisión preventiva de Gastón Ramón Figueroa Alcorta, Matías Lucas Ordóñez, Eduardo Agustín Carlos de Zavalía, Juan Alberto Ravagnan, Raúl Orestes Angelini, Jorge Frost, Carlos Alberto Ratto, Daniel Iván Ivakhoff, Ricardo Isidoro Schapiro y Juan Manuel Insúa, a la vez que dictó la falta de mérito para el ex presidente Carlos Menem.
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