En el marco de la causa “Giménez, Natalia Jimena c/ Bosan S.A. s/ Despido”, la sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda orientada al cobro de indemnizaciones por despido y otros créditos de naturaleza laboral. Al pronunciarse en tal sentido, la magistrada de grado concluyó que el despido dispuesto por la demandada no fue justificado, por lo que correspondía que ésta abonara a la trabajadora los conceptos indemnizatorios reclamados en el inicio.
Según la sentencia recurrida por la parte demandada, las causales invocadas por la empleadora en la comunicación extintiva, no reunían los recaudos exigidos por el art. 243 LCT, por lo que, teniendo en cuenta que tal omisión no podía ser subsanada con posterioridad, determinó que el despido fue injustificado.
Las magistradas de la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo ponderaron que “el quejoso se limita a manifestar que los testigos dieron cuenta de los incumplimientos de la trabajadora sin hacerse cargo de que la Magistrada de origen determinó que las causales invocadas en la comunicación extintiva resultaban ambiguas y de carácter genérico, incumpliendo los recaudos previstos por el art. 243 LCT”.
En tal sentido, el tribunal juzgó que “resulta indiferente que los testigos hubieran aportado algún indicio acerca de cuáles eran los incumplimientos endilgados a la trabajadora pues los mismos debieron ser detallados en el telegrama de despido como bien lo prevé la norma en cuestión, todo lo cual no aconteció”, confirmando así la sentencia apelada.
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