El 1 de septiembre del 2022, la Administración Federal de Ingresos públicos (A.F.I.P.) publicó la Resolución General N° 5254/2022 (la “RG 5254”) mediante la que decidió suspender por un plazo de sesenta días corridos la aplicación del Régimen de Información de Planificaciones Fiscales implementado mediante la Resolución General N° 4.838 (la RG 4838).
Esta medida es adoptada en consonancia con los recientes fallos judiciales en los cuales se admitió la pretensión cautelar esgrimida por la mayoría de los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas del país para suspender la aplicación del régimen establecido en la R.G. N° 4.838 para sus profesionales matriculados.
Los Considerandos expresan que la suspensión también obedece a la necesidad de su adecuación a fin de poder detectar de manera temprana aquellas estructuras que resulten agresivas y produzcan una erosión sustancial de la base imponible en el país, en función de la experiencia recogida desde la entrada en vigencia de la RG 4838.
Por Miguel A. M. Tesón, Guillermo Lalanne, Valeria Estathio y María Celina Valls
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