La Inspección General de Justicia informó que, conforme a la Resolución N.º 1159/2025 del Ministerio de Justicia, publicada el 10/12/2025, ya se encuentra habilitado el pago de la Tasa Anual 2025.
El vencimiento opera el 15 de diciembre de 2025.
Luego de esa fecha, se aplicará la multa prevista en el artículo 7 de la Decisión Administrativa N.º 46/2001.
Por Ximena Suárez y Mariana Vázquez
Opinión
Gericó Associates
opinión
ver todosEstudio Garrido Abogados
Resqui Pizarro-Recasens Siches & Asociados



















































































































