En un reciente acuerdo, la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó los recursos interpuestos por el Estado Nacional contra las sentencias de la justicia en lo contencioso administrativo y federal, que habían reconocido a las empresas televisivas asociadas a la Asociación de Teleradiodifusoras Argentinas (ATA) la posibilidad de tomar a cuenta de IVA las sumas abonadas por cargas patronales.
Con esta resolución, la Corte pone fin al conflicto generado en torno a este derecho, que había sido en su origen otorgado a raíz de los convenios de competitividad para el sector y luego por distintos decretos del Poder Ejecutivo Nacional.
Esta causa es además análoga a otra causa fallada por la Corte Suprema hace varios años donde se había reconocido igual derecho a los diarios de la Ciudad de Buenos Aires (AEDBA), a los diarios del interior (ADIRA), a las radios (ARPA) y las revistas (AAER), todos ellos también patrocinados por el Estudio Cassagne Abogados.
Ezequiel Cassagne, socio de CASSAGNE ABOGADOS y quien lideró al equipo de abogados que llevó adelante la representación de ATA, destacó el gran valor que la sentencia tiene para el sector y también para otras actividades, frente a reformas normativas intempestivas y, en especial, ante supuestos de inconstitucionalidad por la omisión de contemplar soluciones reglamentarias específicas.
En la causa, que involucró a todos los canales de televisión privada del país, se resolvió que el aumento impositivo, ya sea en forma directa o a través de la eliminación de beneficios, no puede poner en riesgo el sostenimiento económico de un sector económico, en especial cuando con ello se puede afectar las libertades de expresión y de prensa.
Trabajaron también en el caso los Dres. Carlos Laplacette, socio del Estudio, y Felicitas Cassagne
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