Nuevo sistema de indicadores del cumplimiento del fallo “Mendoza”

El 5 de septiembre de 2023, se publicó en el Boletín Oficial la Resolución N° 209/23 de la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (“ACUMAR”) mediante la cual ese ente aprobó un nuevo sistema de indicadores del cumplimiento del fallo “Mendoza, Beatriz Silvia y otros c/ Estado Nacional y otros s/ Daños y perjuicios (daños derivados de la contaminación ambiental del Río Matanza - Riachuelo)” dictado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación (la “Resolución”).

 

La causa “Mendoza”

 

En la conocida sentencia de la causa “Mendoza” del 8 de julio de 2008, la Corte Suprema le ordenó a la ACUMAR la ejecución de un programa con el objetivo de mejorar la calidad de vida de los habitantes de la cuenca Matanza-Riachuelo, lograr la recomposición del ambiente en todos sus componentes (agua, aire y suelos) y prevenir los daños con suficiente y razonable grado de predicción.

 

En su sentencia, la Corte Suprema señaló que la eficacia de la implementación del plan de saneamiento de la cuenca Matanza-Riachuelo requería que ese programa determinara, entre otras cuestiones, índices objetivos que permitan el control periódico de sus resultados y una amplia participación en el control. Por eso, le ordenó a la ACUMAR que adopte alguno de los sistemas internacionales de medición.

 

De acuerdo con ello, el Plan Integral de Saneamiento Ambiental de la Cuenca Matanza-Riachuelo elaborado en 2010 y actualizado en 2016 por la ACUMAR (“PISA”) señala la necesidad de contar con un sistema de indicadores que permita medir la evolución hacia los objetivos fijados por el fallo “Mendoza”. La ACUMAR aprobó sistemas de indicadores a través de las Resoluciones Nros. 39/17 y 281/21 que fueron considerados insuficientes a los fines de cumplir con los estándares judicialmente requeridos en la materia.

 

El nuevo sistema de indicadores aprobado por la Resolución

 

Como consecuencia de ello, la ACUMAR rediseñó su sistema de indicadores a fin de que se ajustara a las pautas indicadas por la Justicia Federal de Morón en el marco de la ejecución del fallo “Mendoza” de la Corte Suprema y dictó la Resolución, por la cual aprobó los siguientes documentos:

 

1. Modelo Conceptual del Sistema de Indicadores (Anexo 1): presenta el replanteo del enforque conceptual del sistema de indicadores, incorporando la perspectiva “DESCA” (de derechos económicos, sociales, culturales y ambientales), proveniente del Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, ratificado por Argentina (Ley N° 24.658).

 

2. Objetivos y Metas para el Cumplimiento del Fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Anexo 2): resume los objetivos dispuestos por el fallo “Mendoza” y las distintas acciones para lograr su cumplimiento, agrupadas temáticamente por manda de la Corte (sistema de medición, información pública, control industrial, soluciones habitacionales, calidad ambiental, saneamiento de basurales, limpieza de márgenes y camino de sirga, agua potable y saneamiento cloacal, desagües pluviales, salud y educación ambiental).

 

3. Listado de Indicadores y Cronograma de Publicación (Anexo 3): enumera los indicadores también agrupados por manda y la periodicidad con la que se deben publicar.

 

4. Fichas Metodológicas (Anexo 4): describe los indicadores, sus variables y metodologías de cálculo y los vincula con las distintas mandas del fallo “Mendoza” y los objetivos de desarrollo sostenible conocidos como “ODS”.

 

Actualización del sistema de indicadores y publicación de resultados

 

Por último, la Resolución dispone que la ACUMAR podrá revisar el sistema de indicadores cuando lo considere apropiado, con una periodicidad no mayor a tres años, y que la publicación de los resultados del sistema de indicadores se realizará dentro de los 60 días corridos desde su publicación. El análisis de los distintos indicadores se realizará con la periodicidad indicada en el Anexo 3 de la Resolución (anual, trimestral o semestral, según el caso).

 

Como consecuencia de lo resuelto, el sitio web de la ACUMAR incluyó el nuevo sistema de indicadores en el monitor del PISA, en una sección que explica brevemente cómo funciona y cuáles son los ejes que se informan. Además, presenta el porcentaje de cumplimiento de los indicadores, permitiéndose acceder a información y estadísticas detalladas de cada uno de ellos por separado.

 

Comentario final

 

El fallo “Mendoza” planteó una solución novedosa para el control del cumplimiento de los objetivos establecidos por la Corte, que involucra la participación activa del Poder Judicial, las jurisdicciones involucradas (representadas en la ACUMAR), la Defensoría del Pueblo de la Nación y la ciudadanía. Se hizo especial énfasis en el fortalecimiento de la participación ciudadana en el control del cumplimiento del fallo.

 

Más allá del grado de avance objetivo de la recomposición de la Cuenca y la eficacia real de la sentencia de la Corte, transcurridos más de quince años desde su dictado, resulta fundamental que la información provista a la sociedad civil al respecto se presente de manera accesible, asequible y clara como presupuesto para su participación en el control del cumplimiento.

 

Por ese motivo, es de igual relevancia el control efectuado en el marco de la ejecución de la sentencia respecto de los sistemas de indicadores de la ACUMAR y la adecuación por parte de las autoridades a lo resuelto en sede judicial.

 

Por María Inés Corrá y Marina Wagmaister

 

 

Bomchil
Ver Perfil

Entrevistas

Claves legales para entender los arrendamientos por temporada en Uruguay
Florencia Frugoni
POSADAS
detrás del traje
Milagros Tallarico
De ALFARO ABOGADOS
Nos apoyan