Chile
Avances en el proyecto de ley sobre protección de datos personales: Consejo para la Transparencia será la nueva Agencia de protección de datos

Desde el Gobierno y el Congreso se ha estimado que las modificaciones a la ley 19.628 entren a regir dentro del primer semestre del año 2020.

 

El pasado 5 de agosto en una ajustada votación, la Comisión de Constitución del Senado aprobó que el Consejo para la Transparencia (CPLT) sea la autoridad encargada de velar por la protección de los datos personales. La discusión parlamentaria, aun en primer trámite constitucional, estuvo centrada en los aspectos orgánicos de la norma que modificará la actual ley 19.628 sobre la protección a la vida privada. Desde el organismo designado, su presidente, Jorge Jaraquemada, se mostró optimista, señalando que el CPLT tiene experiencia en conciliar transparencia y protección de datos.

 

Entre los temas que quedan pendientes de resolver para la próxima sesión se encuentran el sistema de designación de los nuevos consejeros de la institución, el funcionamiento de estos en distintas salas especializadas y la forma en que se resolverán los asuntos sometidos a su decisión. Asimismo, no hubo acuerdo respecto del rol que tendrá el presidente del CPLT en este nuevo esquema, debido a la necesidad de garantizar la independencia y autonomía de este nuevo órgano.

 

En otros ámbitos, destaca el consenso ya alcanzado en relación con las multas asociadas a las sanciones en el tratamiento de datos personales -las cuales alcanzan cifras de hasta 10.000 UTM o el 8% de las utilidades del año anterior, cualquiera que sea mayor-, en la sustracción del concepto de “hábitos personales” en la definición de datos sensibles, y en la sujeción de los motores de búsqueda a la nueva ley. A lo anterior se suma el acuerdo logrado para modificar el nombre de la actual ley de protección a la vida privada por el de ley que regula la protección y el tratamiento de datos personales.

 

Por Jaime Urzúa W.(*)

 

 

Citas

(*) Abogado Asociado en Alessandri

Opinión

Aportes irrevocables a cuenta de futuras suscripciones de acciones y nuevas normas de la IGJ: ¿resurgimiento como opción de financiamiento?
Por Dolores M. Gallo
Barreiro
detrás del traje
Diego Palacio
De PALACIO & ASOCIADOS
Nos apoyan