A través de la Comunicación “A” 7594 de fecha 1 de septiembre de 2022 (la “Comunicación”), el Banco Central de la República Argentina, realizó una serie de modificaciones y adecuaciones a las normas sobre “Exterior y Cambios” (las “Normas Cambiarias”).
Pago de importaciones de bienes. En lo que respecta al acceso al mercado local de cambios (“MLC”) para el pago de importaciones de bienes, la Comunicación:
(i) Incorporó a la excepción establecida en el punto 10.14.2.12 de las Normas Cambiarias, a aquellos alimentos para el consumo humano alcanzados por lo dispuesto por el Artículo 155 Tris del Código Alimentario Argentino, cuyas posiciones arancelarias según la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) se encuentran detalladas en el punto 10.14.5 de las Normas Cambiarias.
(ii) Modificó el listado de posiciones arancelarias previstas en el punto 10.14.5 de las Normas Cambiarias.
Por Diego Serrano Redonnet, Alejo Muñoz de Toro y Nicolás Aberastury
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