Derecho y Patrimonio Cultural: ¿Rematar un dinosaurio?
Por Juan Javier Negri
Negri & Pueyrredon Abogados

Hace unos días la prensa internacional se hizo eco del precio récord alcanzado en una subasta(1). No se trataba de una obra de arte sino del esqueleto de un dinosaurio ‒de ciento cincuenta millones de años de antigüedad‒, vendido en Nueva York en treinta millones y medio de dólares, más de cinco veces la estimación origina.

 

Se trataba de un ceratosaurus, un reptil carnívoro nativo de América del Norte.

 

El precio (uno de los tres más altos pagados hasta ahora por un fósil en una subasta) no es excepcional: ya ha habido valores sumamente elevados en el mercado de restos paleontológicos. En fechas recientes se vendió un estegosaurio en casi 45 millones de dólares y un tiranosaurio rex en algo más de 31 millones. La misma noche que se vendió el ceratosaurio, se vendieron una pata de tiranosaurio rex y un cráneo de pachycephalosaurus por casi dos millones de dólares cada uno.

 

¿Cómo llegan a las casas de subastas piezas que normalmente serían exhibidas en museos? (2)

 

La pregunta es capciosa: no en todos los países los fósiles llegan a las casas de subastas y no todos los fósiles se exhiben en museos: de acuerdo con lo que muestra el mercado, hay un nutrido universo de coleccionistas y proveedores de piezas paleontológicas para ellos.

 

El camino recorrido por el ceratosaurio hasta llegar a Sotheby’s sirve para mostrar la diferencia de tratamiento legal que tienen los fósiles en los Estados Unidos y en la Argentina.

 

El fósil en cuestión fue descubierto en 1966 por una expedición privada en el estado de Wyoming, en el Oeste de los Estados Unidos.

 

Las leyes de ese país establecen que los fósiles pertenecen al propietario del inmueble donde se los encuentra. (Lo mismo pasa con el petróleo y los minerales). La ley argentina dispone exactamente lo contrario: según el Código Civil y Comercial, las ruinas y los yacimientos arqueológicos y paleontológicos pertenecen al dominio público.

 

Pero no solo los yacimientos: todos los bienes arqueológicos y paleontológicos pertenecen al dominio público nacional, provincial o municipal, según el ámbito territorial en que se encuentren. Y también pasan al Estasdo los bienes de ese tipo que se decomisen a quienes pretendan importarlos al país, aunque esos fósiles no sean originarios de la Argentina.

 

Al ser bienes del dominio público, son inenajenables (no se los puede comprar ni vender); inembargables (no pueden ser afectados al pago de deudas ni ofrecidos en garantía) e imprescriptibles (su posesión pacífica no otorga derechos de propiedad al poseedor).

 

Los únicos bienes arqueológicos y paleontológicos que pueden pertenecer al dominio privado son los que fueron denunciados en 2003, durante un plazo de 90 días a partir de la sanción de la ley sobre protección de este tipo de bienes. Aun así, pesa sobre ellos la prohibición de venderlos: sólo pueden ser transferidos por donación o herencia.

 

En algunos países (como Canadá, que en ciertas regiones comparte yacimientos paleontológicos con los Estados Unidos) los fósiles pueden ser objeto de compras y ventas, pero los adquirentes deben ser museos públicos, locales o extranjeros.

 

El ceratosaurio en cuestión fue vendido por quienes lo encontraron a un pequeño museo privado en el estado de Utah, Estados Unidos, que exhibió sus restos separadamente; esto es, sin ensamblarlos. En 2024 esa entidad, necesitada de fondos, decidió venderlo a uno de sus empleados, que “lo armó” y lo envió a remate.

 

La noticia del precio alcanzado por este fósil preocupó a algunos: el presidente de una “Asociación de Ciencias Paleontológicas Aplicadas” se quejó de que el aumento del interés por los fósiles hará que los propietarios de los terrenos donde se los puede encontrar incrementen el valor de los permisos de excavación. Y esto producirá un aumento del valor venal de las piezas, tanto para los museos (públicos o privados) como para los coleccionistas.

 

La comunidad científica también tiene motivos de preocupación: ¿cómo pueden estudiarse estos ejemplares únicos si su destino es el de formar parte de una colección privada sin acceso público? (No es el caso del ceratosaurio, sin embargo: el comprador aseguró que lo cederá en préstamo a un museo público).

 

Lo ocurrido lleva a plantearse si la solución legal adoptada por la Argentina es la mejor.

 

En primer lugar, la existencia de tres niveles de gobierno (nacional, provincial y municipal) lleva necesariamente a la existencia de normas distintas; no precisamente uniformes. Eso no es malo en sí, en la medida que no sean discrepantes. A eso puede sumarse que la capacidad (y hasta el interés) de hacer cumplir la ley variará de jurisdicción en jurisdicción. Nada que asegure una aplicación racional, efectiva y no discriminatoria de las normas.

 

Por consiguiente, las posibilidades de implementar una política uniforme en la Argentina en materia de conservación de nuestros fósiles son escasas.

 

Agreguemos que la ley exige que todo aquél que, mientras excava en su propiedad (para construir un edificio, realizar tareas agrícolas o industriales o lo que fuere) descubra restos paleontológicos está obligado a denunciarlos a la autoridad competente. Antes, habrá que descubrir cuál es, dónde está y en qué horarios atiende. A partir de allí, el sufrido excavador deberá convertirse en responsable de la conservación de lo encontrado.

 

Si la autoridad no comparece, el responsable de los trabajos de excavación (que continuarán interrumpidos) deberá “levantar un acta con intervención de la autoridad competente” (la misma cuya ausencia ocasionó la confección del acta).

 

¿Ayudarán estas normas a que los propietarios de inmuebles donde se encuentren fósiles los denuncien? O, por el contrario ¿no serán un incentivo para ocultar inmediatamente lo descubierto?

 

El nuestro es un país rico en restos paleontológicos. ¿Tendrán los museos públicos la capacidad de recibir, conservar, analizar, exhibir y estudiar todos los que se encuentren? ¿No sería mejor usar esa riqueza paleontológica de modo más sensato? Por ejemplo, exhibir fósiles argentinos en el extranjero ¿no podría servir de incentivo al turismo?

 

¿No se estará imitando al perro del hortelano, que no come ni deja comer?

 

Tenemos muchos problemas en la Argentina, y muchos muy urgentes, pero éste es uno de los tantos que surgen a consecuencia de que la política cultural y de preservación patrimonial en el país es aún una materia pendiente.

 

 

Citas

(1) Elbein, Asher, “Ceratosaurus Fossil Auctioned for $ 30.5 Million by Sotheby’s”, The New York Times, 16 julio 2025, pág. 20. Véase https://www.nytimes.com/2025/07/16/science/sotheb ys-dinosaur-auction-ceratosaurus.html

(2) Un caso similar fue comentado hace un tiempo en esta misma publicación. Véase “Derecho y patrimo[1]nio cultural: ¿alguien quiere un gorgosaurio? ¿vivo?”, Dos Minutos de Doctrina, XIX:1058, 22 julio 2022.

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