Determinan que los Hospitales Públicos Deberán Realizar Abortos en los Casos No Punibles Sin Necesidad de una Orden de la Justicia

Con el fin de disminuir la resistencia de muchos médicos a interrumpir un embarazo en los casos contemplados en el  Código Penal, el ministerio de Salud de la Nación elevó a rango de resolución una Guía Técnica para la Atención Integral de los Abortos no punibles.

 

En dicho documento se detallan los pasos que deben seguir los médicos para la interrupción de embarazos, diseñada con mayores precisiones que una guía previa que había sido diseñada en el año 2007,durante la gestión de Ginés González García.

 

Mediante la guía se fijan las condiciones en que se debe atender a la mujer, a la vez que establece certezas para los profesionales de la salud sobre cómo interpretar correctamente el Código Penal, apuntando a evitar que los médicos tengan que recurrir a una decisión judicial para realizar la interrupción de un embarazo en los casos en que la ley es clara.

 

La guía en cuestión establece que es competencia exclusiva de los médicos tratantes decidir si el caso encuadra en las previsiones de no punibilidad contempladas en el Código Penal, buscando con ello evitar la intervención de juzgados, tal como ocurre frente a muchos pedidos de abortos, incluso si están amparados por la normativa en vigor.

 

El instructivo, si bien contempla la “objeción de conciencia”, advierte que sólo se aplica a las personas y no a las instituciones, restringiéndola a un hecho individual, no institucional, mientras que destaca que el procedimiento debe realizarse dentro del sistema de salud, sin intervención de la justicia.

 

De acuerdo a lo publicado en el día de hoy por el diario Clarín, la guía incluye dos partes, una médica, con consideraciones técnicas y una legal, explicando los casos en los que el aborto es legal, rigiendo tales casos cuando la vida  o la salud de la mujer están en peligro, cuando el embarazo es producto de una violación, y cuando se trata de mujeres con alguna discapacidad mental, a la vez que insiste con el concepto de salud de la Organización Mundial de la Salud, que incluye aspectos psíquicos y no sólo la ausencia de enfermedad.

 

La guía estipula que sólo es necesaria una denuncia policial o una declaración jurada para probar la violación.

 

El protocolo difundido en el día de ayer, generó una fuerte polémica en ciertos sectores, quienes consideraron que se estaba extendiendo la legalización del aborto por una medio administrativo, al admitir esa práctica para todos los casos de violaciones, no sólo para los de “mujer idiota o demente”, poniendo como condición que la víctima presente una denuncia o, simplemente, una declaración jurada en la que afirme haber sido violada.

 

 

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