Los Monotributistas Deberán Pagar Retenciones
A partir del próximo mes de junio, comenzará a aplicarse a los pequeños monotributistas el primer régimen de retención en el Impuesto a las Ganancias y al Valor Agregado. Las retenciones sobre dichos impuestos, deberán aplicarse a aquellos monotributistas que respecto de las operaciones celebradas con un único cliente, superen el límite de facturación anual permitido. Siendo la primera vez que se avanza en la aplicación de tales retenciones, a pesar de que el actual régimen de Monotributistas contempló desde su entrada en vigencia la posibilidad de aplicar un régimen de retención o percepción, el mismo sólo se aplicará a los monotributistas que durante los últimos doce meses, superen en relación a las operaciones efectuadas con  un único locatario, prestatario o adquirente,  los límites máximos de facturación vigentes. Cuando sea superado el límite de 144 mil pesos, en el caso de venta de bienes, o traspasado el tope de 72 mil pesos, de tratarse de prestación de servicios, siendo importante resaltar que tales valores no se encuentran actualizados, los pequeños monotributistas sufrirán pagos a cuenta de hasta el 28 por ciento. La implementación de dicho régimen de retenciones entrará en vigencia el  mes de junio próximo, independientemente de que el titular de la Administrador Federal de Ingresos Públicos, Ricardo Echegaray, confirmara que el proyecto de reforma del Monotributo será enviado al Congreso.

 

Opinión

Conflictos colectivos en la era digital: nuevas formas de protesta “2.0”
Por Julián G. Cosso
CYT Abogados
opinión
ver todos
Las enseñanzas legales del caso El Eternauta
Por Laura de Achával
Achával IP & Asoc.

¿Y si $LIBRA no fuese delito?
Por Santiago Kent
Estudio Kent

Los accionistas de sociedades anónimas y el concurso
Por Alan Hirschlaff
Olivera Abogados

Justicia Penal y Delitos Ambientales en clave Kafkiana
Por Horacio Franco (*)
Franco Abogados - Consultores Ambientales

detrás del traje
Analia V. Durán
De MBB BALADO BEVILACQUA ABOGADOS
Nos apoyan