El 14 de octubre de 2025 se publicó en el Boletín Oficial de la provincia de Buenos Aires la Ley Provincial N° 15.531 (la “Ley”), la cual establece nuevas medidas de seguridad y requisitos para la gestión de pagos electrónicos en comercios, buscando resguardar los datos personales de los consumidores y prevenir estafas en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires. La Ley complementa al Código Provincial de Implementación de los Derechos de los Consumidores y Usuarios (la “Ley N° 13.133”).
Los principales aspectos de la Ley son los siguientes:
- Los consumidores o usuarios no estarán obligados a entregar su tarjeta de débito o crédito ni el Documento Nacional de Identidad (“DNI”) a los proveedores de bienes y servicios al realizar un pago.
- A pesar de que la entrega física de la tarjeta y el DNI es optativa para el consumidor, sí tendrá la obligación de exhibirlos al proveedor para la verificación de su identidad.
- La Ley aplica a todos los proveedores de bienes y servicios, tanto públicos como privados, que operen en la Provincia de Buenos Aires y estén adheridos al sistema de pagos de tarjetas de débito o crédito.
- Los comercios deberán acondicionar sus dispositivos de cobro electrónico para el cumplimiento de las nuevas disposiciones en un plazo de 90 días contados desde la entrada en vigor de la Ley.
- El incumplimiento a la Ley será sancionado conforme a lo previsto en la Ley N° 13.133.
Por Luis D. Barry, M. Carolina Abdelnabe Vila y Clara Rodríguez Llanos
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