Uruguay restringe al máximo las operaciones inmobiliarias en efectivo

A partir de la aplicación de la Ley de Inclusión Financiera o Ley de Bancarización, que se hará efectiva el 1° de junio de 2015, el país vecino intentará transparentar las operaciones financieras que se realizan en su territorio.

 

La normativa impulsa la utilización de medios electrónicos de pago para las operaciones inmobiliarias y las inversiones en ese rubro, el cual se encuentra en plena expansión en las últimas décadas.

 

Hasta el momento en que empiece a regir la normativa, las operaciones podrán realizarse en efectivo, pero a partir del 1° de junio las ventas de propiedades que superen los 5100 dólares deberán cumplirse mediante medios electrónicos de pago, cheques certificados cruzados no a la orden o letras de cambio emitidas a nombre del comprador.

 

Por otra parte, y para continuar con las políticas de transparencia impuestas por el Gobierno local, los escribanos públicos uruguayos no podrán autorizar escrituras en las que no se individualice el medio de pago que se utilizará.

 

Cabe recordar que el Banco Central de Uruguay elaboró hace un año un registro de titulares de acciones al portador. El secreto de los accionistas de las sociedades anónimas se mantendrán, pero si, por ejemplo, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) solicitara información, el país vecino debería brindársela.

 

 

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