Anulan Convenio Celebrado entre Trabajador y Empresa por Afectar Derechos Irrenunciables
La Cámara Nacional de Apelaciones decidió dejar sin efecto un convenio celebrado entre una empresa y un empleado, mediante el cual se constituyó un convenio de desvinculación, debido a que los camaristas consideraron que dicha figura había sido utilizada por la empresa con el fin de ocultar el verdadero motivo por el cual se finalizó el contrato de trabajo. Los magistrados que componen las Sala V, en los autos caratulados “Ferreura Julián c/ Renault Argentina S.A. s/ despido”, consideraron que el acuerdo había sido una herramienta utilizada por la empresa tendiente a encubrir la existencia de un despido. A su vez, destacaron que el empleado no tuvo la posibilidad de modificar los términos de dicho convenio. En el presente caso, un empleado demandó a la empresa donde se desempeñaba con el fin de recibir el pago de una indemnización por despido. En su demanda, el trabajador despedido, había manifestado que en el momento de su salida de dicha compañía, había sido presionado por la empresa para suscribir un acuerdo con las condiciones de egreso, las cuales habían sido impuestas por la empresa, tendientes a pagar un menor monto indemnizatorio. Si bien la posibilidad de establecer las condiciones mediante las cuales puede ser convenido entre ambas partes de la relación laboral, por mutuo consentimiento, los términos y alcances de la finalización de la misma, se encuentra establecido en el artículo 241 de la Ley de Contrato de Trabajo, los letrados consideraron que mediante dicho acuerdo, no se puede ver afectado el principio de irrenunciabilidad de los derechos. En base a lo expuesto, los magistrados decidieron hacer lugar al reclamo presentado por el trabajador, determinando que la compañía deberá abonar las correspondientes indemnizaciones por despido.

 

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