Así, los empresarios que comiencen un proyecto individual se podrían sentir protegidos ya que actuarían bajo una persona jurídica distinta de sí mismos y no responderían personalmente por las deudas sociales
Liliana Negre de Alonso, senadora puntana del Peronismo Federal, presentó una iniciativa que busca regular las sociedades de un solo socio. En la actualidad, si un empresario quiere comenzar un emprendimiento individual limitando su responsabilidad patrimonial solo puede hacerlo si consigue un socio que tenga algún tipo de participación.
Para darles tranquilidad y protegerlos patrimonialmente, la senadora presentó este proyecto de ley que pretende que la empresa, a partir de su inscripción, responda como una persona diferente a la de su titular.
La creación de dicha entidad deberá realizarse a través de una escritura pública, la cual tendrá que contener nombre, documento de identidad, filiación, estado civil, CUIT, domicilio real, certificado de libre deuda fiscal, constancia de la no inscripción en los registros de deudores, constancia de la no inscripción en el registro de deudores alimentarios para el caso de que el socio único sea una persona física. Si se trata de personas jurídicas deberá tener denominación, domicilio social y resolución de inscripción.
Además, tiene que contener Razón social con el aditamento Sociedad Anónima Unipersonal, término de duración, objeto social delimitado, domicilio social y capital social.
Por otra parte, el titular de la sociedad nunca podrá retirar para sí o para otra persona cualquier clase de bienes pertenecientes a la sociedad con excepción de las utilidades debidamente justificadas.
También, el proyecto contempla la inclusión de un nuevo accionista. Cuando esto suceda, se deberá adoptar el tipo de sociedad anónima dentro del plazo de caducidad de seis meses para la elaboración de sus estatutos y la inscripción ante la autoridad que corresponda.
¿Cuándo caduca la inscripción de la sociedad anónima unipersonal? Esto ocurriría con el no ejercicio –de manera permanente, continua e ininterrumpida- de las actividades que hacen al objeto social. El plazo estipulado es de un año calendario.
Si lo mencionado en el párrafo anterior ocurriese, la iniciativa sostiene que el titular no podrá constituir otra sociedad unipersonal por un plazo de cinco años.
"Las sociedades de capital funcionan más sobre una masa de bienes que sobre un grupo de personas,de manera que puede afirmarse que el capital, y no la colaboración de un colectivo de personas, constituye el elemento verdaderamente esencial de las mismas", sostuvo la senadora tratando de explicar los fundamentos de su proyecto.
También, agregó: "El socio participa en la sociedad anónima exclusivamente con una porción de su esfera patrimonial y no con su personalidad. Por ello, la condición de miembro en la sociedad de capital no está referida a las personas (como ocurre en las sociedades personalistas y cooporaciones), sino que se presenta estrictamente objetivada en sentido capitalista".
De esta manera, se pretende que los empresarios que inician un emprendimiento se sientan más resguardados en cuánto a su patrimonio personal ya que no deberán responder con él si se aprueba la iniciativa para la creación de sociedades anónimas unipersonales.
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