En el día de hoy el Ministerio de Justicia publicó en el Boletín Oficial la Resolución 10/2024 por medio de la cual fija en la suma de PESOS DOS MIL MILLONES ($ 2.000.000.000) el monto del capital social a partir del cual las sociedades anónimas quedan sujetas a fiscalización estatal permanente (cf. inciso 2 del artículo 299 de la Ley General de Sociedades).
A los fines prácticos, las sociedades con un capital social inferior a dos mil millones de pesos y no comprendidas en ningún otro supuesto del artículo 299 de la Ley General de Sociedades:
- podrán prescindir de la designación de síndicos, si sus estatutos así se los permite.
- quedarán exceptuadas de cumplir con la presentación de sus estados contables ante la Inspección General de Justicia previo a la celebración de la asamblea general ordinaria.
- no estarán facultadas a distribuir dividendos anticipados.
El Ministerio de Justicia ha decidido implementar esta medida en respuesta al contexto socioeconómico actual.
Se puede encontrar el texto oficial de la Resolución en el siguiente enlace.
Por Lucila Winschel y Florencia Angélico
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