El 27 de junio, el Banco Central de la República Argentina (“BCRA”) emitió la Comunicación “A” 8054 (ver adjunto) (la “Comunicación 8054”), mediante la cual se reduce el plazo establecido para permitir el acceso al Mercado de Cambios para el pago de determinadas importaciones de bienes.
El 13/12/23 pasado, el BCRA publicó la Comunicación “A” 7917 (la “Comunicación 7917”), bajo la cual se dispuso (entre otras cuestiones) un esquema de cumplimiento de plazos mínimos para permitir el acceso al Mercado de Cambios para completar el pago de importaciones de bienes con registro de ingreso aduanero. Estos plazos se aplicando dependiendo de la posición arancelaria del producto importado (ver nuestro resumen). En dicha regulación se establece que el plazo aplicable para pagar importaciones de los bienes listados en el Punto 10.10.1.3 del Texto Ordenado de Exterior y Cambios, que son todos relacionados con la industria automotriz y otros comúnmente denominados “suntuarios”, era de 180 días, contados a partir del registro de ingreso aduanero.
Ahora, bajo la nueva Comunicación 8054, se reduce este plazo a 120 días contados a partir del registro de ingreso aduanero.
Por Pablo J. Torretta
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