El día 8 de febrero la Comisión Europea (“CE”) adoptó una Comunicación sobre la Definición de Mercado de referencia o mercado relevante (la “Comunicación”) aplicable para el análisis de casos de competencia en la Unión Europea.
La Comunicación propone nuevos criterios -acordes a los cambios que atravesaron los mercados y las sociedades en materia tecnológica- para definir el mercado de producto y el mercado geográfico de referencia, como un paso necesario para identificar los límites a la competencia entre empresas y poder evaluar el poder de mercado de las mismas.
Con esta Comunicación, la CE recepta las tendencias reflejadas en la reciente jurisprudencia de la UE en operaciones de concentración incluyendo, entre otras consideraciones: un mayor énfasis en elementos no relacionados con el precio tales como la innovación y la calidad de los productos; un enfoque prospectivo de ciertos mercados que atraviesan desarrollos estructurales; un reconocimiento de ciertos mercados que se caracterizan por ser globales y el análisis de factores tales como las preferencias del consumidor y el comportamiento de compra.
La adopción de esta Comunicación brinda mayor previsibilidad y seguridad jurídica a las empresas, a la vez que se adapta a entornos altamente innovadores y cambiantes.
Por Damián H. Navarro y Verónica Volman
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