Eliminación del Impuesto País a ciertas transacciones

Consideraciones generales

 

El 4 de enero de 2024 se publicó en el Boletín Oficial el Decreto N° 14/2024 ("Decreto") estableciendo la no aplicación del Impuesto País del 17,5% a ciertas importaciones.
 
El Impuesto País fue creado por la Ley Nro. 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública ("Ley de Emergencia") en Diciembre de 2019 y resulta aplicable a los residentes fiscales argentinos, por las siguientes actividades:

 

  • Adquisición de moneda extranjera (incluyendo cheques de viajero) para fines de ahorro o sin uno de los propósitos específicos relacionados con el pago de obligaciones bajo los términos de la normativa cambiaria, efectuado por un residente argentino.
  • Cambio de moneda extranjera efectuado por entidades financieras argentinas, en nombre de un sujeto local, destinado al pago de bienes y servicios prestados en el exterior, pagados usando una tarjeta de débito, crédito o compra emitidas por entidades argentinas, o cualquier otro mecanismo de pago determinado por las regulaciones, incluyendo extracciones de efectivo realizadas en el exterior. También se encuentran incluidas las adquisiciones hechas usando sitios web y cualquier otro tipo de operaciones que implique la adquisición remota de moneda extranjera.
  • Cambio de moneda extranjera efectuada por entidades financieras argentinas, destinado al pago, en nombre de un sujeto local, de servicios prestados por no residentes, cancelados mediante tarjetas de débito, crédito o compra emitidas por entidades argentinas, como también otros medios de pago que determinen las regulaciones.
  • Adquisición de servicios en el exterior mediante agencias argentinas de viajes o turismo.
  • Adquisición de pasajes aéreos, terrestres o acuáticos en la medida que sea necesario adquirir moneda extranjera para su pago, para destinos fuera de Argentina.

Eliminación de la aplicación del Impuesto País a ciertas transacciones

 

El Decreto dispone la no aplicación del Impuesto País del 17,5% a las importaciones temporales de mercaderías a ser utilizadas como materia prima de productos a ser exportados.

 

Vigencia

 

El Decreto resulta de aplicación para las operaciones de adquisición de moneda extranjera efectuadas a partir del 4 de enero de 2024.

 

 

Baker McKenzie
Ver Perfil

Entrevistas

Claves legales para entender los arrendamientos por temporada en Uruguay
Florencia Frugoni
POSADAS
detrás del traje
Milagros Tallarico
De ALFARO ABOGADOS
Nos apoyan